Tal como estaba previsto este jueves 12 de abril se dio inicio a la discusión a la Ley de transferencias competencias al poder popular, la sesión se inicio pasadas las diez de la mañana con el quórum reglamentario para las discusiones y se extendió hasta, un poco más de las tres de la tarde, los diputados quienes se mostraron, en su mayoría receptivos a la aprobación de la ley hicieron sus aportes y correcciones a la propuesta inicial, propuesta que ha sido lleva a once de las catorce cámaras municipales de nuestro estado y discutida en asambleas con comunas, consejos comunales y movimientos sociales.
La ley fue aprobada por unanimidad y pasara a la imprenta del estado para su publicación. Es de resaltar que esta ley fue promovida por las Red de Panaderías y Pastelerías Artesanales y Comunales "Chávez Vive" del estado Yaracuy, quienes en enero de este año iniciaron con otras organizaciones la discusión de la mima y que en un manifiesto inicial expresaron los siguiente:
La
Red de panaderos artesanales y comunales “Chávez vive” del
Estado Yaracuy organización de base del poder popular, presenta al
Consejo Legislativo, cámaras municipales, parlamentos comunales y a
todas las expresiones del poder popular el siguiente manifestó :
Los
20 años de la Revolución Bolivariana han transcurrido en 25
procesos electorales, donde el pueblo ha participado libremente y ha
delegado a través de sus voceros el ejercicio político de gobierno
en todos los niveles (nacional,regional y municipal); en la etapa de
transición que vivimos estos actos electorales se asumen con
criterio revolucionario donde el mismo incide en la concepción
ideológica del poder. En un estado reformista las elecciones son un
instrumento para perpetuar en el poder a la clase dominante. Mientras
que en el estado revolucionario las elecciones son la vía para
emancipar al colectivo nacional.
Los
niveles de conciencia alcanzado por nuestro pueblo durante estos 20
años, la disposición que tuvo nuestro eterno comandante Hugo Chavez
al asumir como un legado TODO EL PODER PARA EL PUEBLO,
retomado por nuestro presidente Nicolás Maduro como
ejercicio de gobierno, y que en las recientes elecciones municipales
fue un compromiso de nuestros candidatos TRANSFERIRLE EL PODER AL
PUEBLO, se crea el escenario apropiado para la aplicación de los
conceptos del acto electoral como UN ACTO REVOLUCIONARIO.
La
democracia participativa y protagónica, conduce en su desarrollo y
consolidación a la democracia socialista, que no es otra cosa que la
construcción del poder popular. Por eso los mandatos que delega el
pueblo en diversas esferas del poder, solo pueden ser ejercidos
obedeciendo a sus intereses como expresión directa de la
participación popular en la formación, ejecución y control de las
políticas públicas.
Al
transferir el poder o toma de decisioRed de Panaderos Artesanales
"Chávez Vive" Yaracuy: ¡Victoria Popular! Aprobada por el
CLEY ley de tra...
https://redpanyaracuy.blogspot.com/2019/04/victoria-popular-aprobada-por-el-cley.htmlnes
a las comunidades a través de las organizaciones de base del poder
popular se está generando un cambio en las relaciones de poder. La
dirección de la sociedad deja de ser un privilegio de las cúpulas
y empieza entonces un proceso de adecuación de las comunidades
organizadas a ejercer el mando sobre sus respectivos colectivos.
Entendemos
que estamos en una etapa de transición, donde existe la resistencia
al cambio; Chávez en su presentación del plan de la patria
2013-2019 nos indicaba lo siguiente:
...para
avanzar hacia el socialismo necesitamos de un poder
popular
capaz de desarticular las tramas de opresión,
explotación
y dominación que subsisten en la sociedad
venezolana,…
esto pasa por pulverizar el estado burgués
que
heredamos…”
Desde
la Red de panaderos artesanales y comunales “Chavez
vive”, asumimos las indicaciones de nuestro eterno
comandante, e interpretando al contituyentista del 99 quien en el
articulo 5 constitucional expresa que:
“·la
soberanía reside intransferiblemente en el pueblo(…)
los
órganos del estado emanan de la soberanía popular
y a ella están sometidos
Y
en el articulo 184 ejusdem que plantea:
“la
ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los
Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las
comunidades y grupos vecinales organizados los servicios
que
estos gestionen previa demostración de su capacidad
para prestarlos..”
En el capitulo III de la ley Orgánica del Poder Publico Municipal el
articulo 278 establece:
“los Municipios de acuerdo a su
ordenanza y a las leyes que
regulan la materia, descentralizaran
y transferirán a las
comunidades y grupos vecinales
organizadas la prestación
de los servicios públicos
municipales , previa demostración
de su capacidad para prestarlos”.
Basados
en estos artículos y en otros existentes en nuestro marco jurídico
que trata sobre el tema de la descentralización y transferencia al
poder popular, hacemos publico el siguiente petitorio:
1.*Que
se inicie un proceso de debate y consulta sobre el tema de la
transferencia de poder al pueblo con la participación de
instituciones nacionales, regionales, municipales, organizaciones
sociales y comunales .
2.*Construir
colectivamente, las leyes regionales, ordenanzas,decretos, cartas
comunales donde se solicite la transferencia en materias de salud,
educación, cultura, deporte, transporte, programas sociales,
distribución y producción de alimentos, ambiente, entre otros de
acuerdo a lo establecido y exigido en la constitución y las leyes .
.
3.*Invitamos
a todos las organizaciones comunales, movimientos sociales,
colectivos, consejos comunales, comunas a participar en la
elaboración y ejecución de esta propuesta.
“Es
el pueblo quien decide; es la comunidad la que decide; no somos
nosotros los que vamos a decidir… son ustedes los que deciden, es
el poder popular, es la democracia directa, a través de las
asambleas populares, a través de la participación y el protagonismo
popular”.
Hugo
Chávez.
@Redpanyaracuy